miércoles, 19 de mayo de 2010

REFLEXIÓN FINAL DEL CURSO


Como bien se dice no hay término que no llegue, ni plazo que no se cumpla, el barco llegó a su puerto.

A la distancia del inicio del curso a este momento puedo expresar que fue bueno y diferente, consideró que fue una decisión acertada la elección del maestro, aunque en un inicio se presentó por referencias la opción de otro profesor a la misma hora con la recomendación de que la mayoría de sus alumnos acreditan la materia con la máxima calificación con el mínimo esfuerzo y tomando la cátedra de vez en cuando en la cafetería de diseño, no obstante la existencia de esa oferta se tomo la decisión de tener una diferencia diferente y también atractiva, al final la calificación a estas alturas para un estudiante de maestría no es del todo relevante, desde luego sino se es becario y se debe mantener un promedio mínimo para continuar recibiendo los beneficios de la beca, lo importante es el deseo de aprender para eso se hace el esfuerzo diario de llegar temprano a clases para continuar con nuestras actividades laborales del día, en gran parte lo hacemos por gusto y como muchos maestros no lo han comentado los estudios de posgrado son para disfrutarlos.

Como escribí en mi primera nota y lo reitero, se agradece que los maestros como fue en este caso empleen el uso de nuevas metodologías para la enseñanza del derecho, el empleo del blog nos permitió externar nuestras ideas y detenernos por momentos para reflexionar, es evidente que algunos tienen más desarrolladas su habilidades literarias que otros pero al final no era un concurso de composición en materia jurídica sino la oportunidad de externar nuestros pensamientos sobre los temas que consideramos importantes que se relacionaban con el curso.

No me gustaría terminar esta nota sin externar un comentario respecto al incidente que se presento respecto a las notas de algunos compañeros por su desacuerdo por el establecimiento de las cincuenta notas del blog, en aquella ocasión tuve un efecto retardado y no entendía la situación, encontrarse en el dilema de elegir entre el lado derecho o izquierdo me paralizó, en realidad no me hubiera gustado estar en ninguno de los dos lados no me gustan los extremos ya que la virtud se en cuenta en el punto medio y es donde todos deberíamos de haber estado.

Considero que los comentarios vertidos en las notas no fueron malintencionados en aquel momento lo los había leído, por lo que escuche no se hicieron con la intención de cuestionar la autoridad del maestro, creo que casi todos somos de casa y después de diez años de pertenecer a la UNAM uno aprende a respetar y a atender las formas de evaluación de sus maestros aun cuando no se esté de acuerdo con ello por lo que el tema no tenía ya mayor importancia en su momento se trató y se encontraba superado teníamos claro lo que teníamos que hacer.

Me quedo un poco la preocupación porque estas manifestaciones surgen dentro del marco de confianza y ambiente de reflexión creado por nuestro maestro, si el mismo nos aporto nuevos elementos para razonar de otra manera, como diría nos echo andar el hámster para analizar, criticar y estar en posibilidad de externar de otra forma nuestras ideas, me daría temor emplear esta herramienta si obtendré los resultados que se dieron, los egresados de las escuelas públicas tenemos fama de revolucionarios y no en el mejor sentido de la expresión, y por ello en algunos sectores no somos aceptados, la realidad es que en esta clase se enseña a pensar diferente y es válido externar los pensamientos bajo esta fórmula.

Por lo tanto creo que no se deseo realizar una revolución o cuestionar la legitimidad de las decisiones del maestro, simplemente la herramienta causó un mayor impacto en determinados compañeros que se sintieron la libertad de expresar ¿por qué cincuenta?, sin que ello implicara que no las fueran hacer, posiblemente el maestro creo unos monstros y como al Dr. Frankenstein se sintió atacado por ellos, no es el caso creo que el respeto y admiración por nuestros maestros siempre estará presente.

Para las futuras generaciones sólo deseo recomendarles que hagan uso de la herramienta, hagan el esfuerzo por convertir el hábito el escribir en su blog y creen comunidad, muchos maestros nos han comentado en esta área de relaciones en la que se desarrolla el derecho que un elemento muy importante con el que nos podemos quedar son nuestros compañeros de generación, así que a tejer nuestra red social.

A nuestro maestro, gracias por su conducción y el conocimiento que nos compartió.

EL CAPITALISMO NO SE DETIENE REFLEXIÓN


“El capitalismo no piensa, el capitalismo actúa”, esta frase se expresó, como conclusión en una de nuestras clases, a través de este sistema económico se busca la obtención de riqueza y la acumulación de ganancias sin dar mucha importancia a las cuestiones sociales y espirituales, las políticas de las empresas se encaminan a disminuir sus costos de producción y obtener los mayores beneficios, los trabajadores se convierten en un elemento más de la producción.

Si el capitalismo sólo actúa para conseguir sus fines sin importar mucho sobre quién tenga que pasar para conseguirlos y no piensa, a alguien le corresponderá hacer esta segunda tarea, recuerdo el consejo de algún maestro que nos decía jóvenes puro hacer, hacer y no pensar no sirve de nada, así como puro pensar, pensar y no hacer tampoco, en la vida hay que pensar y hacer, inmersos en el modelo capitalista es tiempo de que pensemos y actuemos no debemos quedarnos pasmados y pensar la mejor forma en la que podemos insertarnos en este esquema, nuestro maestro nos refirió la anécdota del burro cañero, no más pacas de paja, debemos jugárnosla por el todo puede representar un reto romper con los paradigmas con los que fuimos educados como un pueblo conquistado predestinado a obedecer y a no cuestionar, nuestra concepción de la vida debe cambiar para que en los hechos sea diferente.

La universidad no ha dado muchas herramientas para triunfar, nuestra educación ha costado mucho a nuestro pueblo, llegó el momento de regresar un poco de lo que hemos recibido y emprender nuevos proyectos de los que nos beneficiemos y participemos a los demás, lo que dejemos de hacer los egresados de estas aulas nadie lo hará, el ser meros espectadores no da la misma satisfacción que ser parte de la obra y eso creo que ya vivimos.

La vida con sus alegrías, éxitos y aún con sus fracasos y tristezas es muy bonita, hasta ahora sólo podemos comprobar que sólo tenemos una que avanza día con día y no tiene marcha atrás y como todo en algún momento llegará a su final, pues vivámosla con mucha intensidad y alegría para cuando lleguemos al final estemos con el deseo de expresar, “SI ASÍ ES LA VIDA, QUE SE REPITA”.

EL VACIO ESPIRITUAL REFLEXIÓN




El agresivo modelo de mercado en el que nos desarrollamos nos ha llevado a competir y darle demasiada importancia a los satisfactores materiales alejándonos de los elementos espirituales, la idea de atesorar y acumular riqueza para muchos es sinónimo de felicidad, y como muchas veces hemos escuchado el hombre trabaja toda su vida para obtener dinero y después no le alcanza todo ese dinero para curar sus enfermedades, se requiere trabajar para vivir y no vivir para trabajar.

No importa si practicamos alguna religión o somos agnósticos, si creemos en alguien o no, por lo menos deberíamos creer en nosotros mismos y actuar con convicción, en la sociedad en la que vivimos con tantos problemas se requiere elevar nuestros valores evaluar nuestro ser en lo interno y preguntarnos si nuestro actuar es el correcto, no seamos una sociedad teledirigida por intereses externos que únicamente desean beneficiarse de nuestra apatía por reflexionar y sólo atender a lo que se nos muestra como lo correcto.

En nosotros se encuentra el redireccionar los valores de las nuevas generaciones para retomar nuestra esencia espiritual que nos corresponde como seres humanos, vivir en una de las metrópolis más grandes del mundo es complicado y más complicado será si no tomamos la decisión de cambiar.

En muchas de las ocasiones nos quejamos de las instituciones y pasamos por alto que las instituciones están hechas de individuos, el día que nos preocupemos por hacer las cosas de manera diferente las instituciones serán diferentes y tendremos una vida mejor.

FACEBOOK VS ISLAM



El día de hoy un tribunal pakistaní ordeno bloquear el servicio que presta el sitio web de facebook, toda vez que en esta página se invitaba mediante el proyecto denominado ''Día para que Todo el Mundo Dibuje a Mahoma'', a los usuarios a enviar imágenes del profeta musulmán el 20 de mayo para protestar contra las amenazas emitidas por un grupo extremista islámico contra los creadores de la serie animada estadounidense ''South Park'', que en un episodio este año mostró a Mahoma con traje de oso.

El pueblo pakistaní considera como blasfemia el realizar dibujos de su profeta, resulta interesante como el uso de la tecnología aun en este mundo globalizado debe respetar ciertos principios y valores religiosos, de lo contrario se presentarán casos como en el que nos ocupa en el cual el Estado puede limitar la operación de estos sitios.

Aun cuando en la actualidad como lo comentamos en la nota referida a los valores nos encontramos en un proceso de creación de nuevos valores con base en los cuales podamos convivir con personas de diversas partes del hemisferio, existen ciertos aspectos que será difícil su modificación por lo que se presentaran casos en los cuales atendiendo a valores, usos y costumbres se deberán adecuar estos tipos de servicios para lograr una convivencia sana con base en el principio de respeto.

Como se sabe esta clase de páginas obtienen beneficios económicos por la publicidad que se emplea en los mismos, por lo que son ventanas para ofertar bienes y servicios de cualquier parte del mundo, es así como se logran posicionar las marcas extranjeras de occidente en oriente, estos sitios constituyen medios para la conquista de nuevos mercados, por lo que las estrategias de mercadotecnia deben tener en consideración los aspectos religiosos que prevalecen en estos países que pueden representar un nicho de mercado.

Lo ocurrido sólo es una muestra de que actualmente hay aspectos que en el marco de la globalización se tienen que cuidar para que la conquista de los mercados a través de estos nuevos medios pueda prosperar.

LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN EL CASO DE CELIA LORA

En nuestra anterior nota comentamos el caso de autocensura de Televisa para continuar informando respecto la desaparición de Diego Fernández de Cevallos, será que por respeto a la familia e imagen de Alejandro Lora, icono por generaciones del Rock mexicano, también se deje de informar del proceso penal que enfrenta su hija, insistimos ¿cuál será el criterio para determinar qué se debe informar y qué no?

Por la mañana en entrevista en el programa de radio de Carmen Aristegui, el procurador capitalino Miguel Ángel Mancera comentó que aun cuando se hubiera llegado a un arreglo económico con los familiares de la victima la comisión del delito prevalece y que dicho acuerdo únicamente sería tomado en consideración por el juez de la causa para ya no pronunciarse y condenar a este pago.

Al señor Procurador se le olvido que las disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal son de orden público, y que el artículo 43 de dicho ordenamiento dispone que la reparación del daño debe ser fijada por los jueces, según el daño o perjuicios que sea preciso reparar, de acuerdo con las pruebas ofrecidas durante el proceso, por lo que el arreglo al que se hizo mención no sustituye la obligación del juez para realizar esta determinación.

Consideramos que el comentario del procurador no se hizo por falta de conocimiento dado su grado académico, sin embargo en el manejo con los medios en ocasiones se vierten comentarios que no son jurídicamente correctos, por lo que es una obligación para todos aquellos que somos abogados analizar y cuestionar los comentarios que se hagan de manera general y de forma especial en mataría jurídica, a los argumentos se les da valor por la jerarquía de las personas que los pronuncian, como ocurrió en el caso del procurador, sin que necesariamente sean validos.

Como complemento a esta nota se acompaña la siguiente jurisprudencia relacionada con el tema.

REPARACIÓN DEL DAÑO EN EL DELITO DE HOMICIDIO. PARA QUE SE CONDENE A ELLA BASTA QUE EL JUZGADOR TENGA POR ACREDITADA LA COMISIÓN DEL ILÍCITO (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL). Si bien es cierto que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 del Código Penal para el Distrito Federal, la reparación del daño será fijada por los Jueces, de acuerdo con las pruebas obtenidas en el proceso, también lo es que tratándose del delito de homicidio, al resultar claro que tal reparación no puede consistir en la devolución de la cosa obtenida con motivo del delito o en el pago de su precio, ni tampoco en el resarcimiento de los perjuicios ocasionados con su comisión, toda vez que, por una parte, es imposible restituir la vida de una persona y, por otra, ésta tampoco puede ser valuada económicamente por no encontrarse en el comercio, lo que, a su vez, trae como consecuencia que no sea viable que los beneficiarios o derechohabientes puedan exigir el lucro cesante por una falta de ganancia o de acrecentamiento patrimonial derivada de la muerte de la víctima, la aludida reparación debe circunscribirse al pago de una indemnización por los daños materiales o morales causados a que se refiere la fracción II del artículo 30 del propio código, siendo que es de reconocido derecho que los primeros sí pueden ser objeto de prueba, al revestir un contenido económico patrimonial y, por tanto, objetivo, mientras que los segundos, al no compartir esa misma naturaleza, deben sujetarse a reglas especiales de valoración. Ahora bien, si en este aspecto, el artículo 30, último párrafo, del mencionado código punitivo establece, de manera especial, que tratándose de delitos que afecten la vida, el monto de la reparación del daño no podrá ser menor del que resulte de aplicarse las disposiciones relativas de la Ley Federal del Trabajo, cuyos artículos 500 y 502 prevén una indemnización equivalente a dos meses de salario mínimo por gastos funerarios (daño material) y una cantidad adicional, equivalente a setecientos treinta días de salario mínimo, con la cual se pretende compensar el daño moral, es inconcuso que de manera imperativa obliga al juzgador en este tipo de delitos, a condenar a la reparación del daño, simplemente con tener por acreditada la comisión del delito de homicidio, por lo que, en principio, no es necesario que el Ministerio Público o los interesados aporten mayores pruebas para acreditar el daño causado, salvo en el caso de que consideren que los daños son superiores a los previstos en la legislación laboral, pues en este supuesto encontraría plena aplicación el principio general contenido en el primer párrafo del artículo 31 del Código Penal para el Distrito Federal, en relación con el primer párrafo del artículo 34 del propio ordenamiento legal, en virtud de que el aludido artículo 30, último párrafo, sólo establece una base mínima a la cual deberá sujetarse el juzgador para calcular el monto de la indemnización.Contradicción de tesis 102/2000-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero en Materia Penal del Primer Circuito. 13 de junio de 2001. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Carmina Cortés Rodríguez.Tesis de jurisprudencia 88/2001. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de quince de agosto de dos mil uno, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: presidente en funciones Juventino V. Castro y Castro, Humberto Román Palacios, Juan N. Silva Meza y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo.Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Novena Época. Primera Sala. Diciembre de 2001. Página 113.

LA AUTOCENSURA DE TELEVISA

El pasado martes noticieros Televisa dio a conocer un comunicado en el cual se expresó que por respeto a la vida de Diego Fernández de Cevallos se tomó la decisión de no volver a informar de esta caso hasta su desenlace, que había sido una decisión en la cual se anteponía la vida de Fernández de Ceballos en el ejercicio periodístico, sin que hubiera sido una decisión fácil pero que era una decisión firme.

¿Dónde quedó nuestro derecho a estar informados?, resulta contradictorio que un organismo de radiodifusión que tiene como uno de sus objetivos mantener informadas a las personas de los sucesos de interés de mutuo propio decida autocensurarse cuando por años reclaman su derecho a la libertad de expresión y al libre ejercicio del periodismo, ¿Cuáles son los motivos reales de esta decisión?, será posible que la difusión de información pueda influir, si fuera el caso, en las negociaciones con los posibles plagiarios del Político.

En la teoría de la argumentación Perelman establece dos tipos de auditorios, el particular y el universal, en el primero de ellos el orador no tiene el mismo nivel que el auditorio por lo que el orador trata de persuadir o manipular a sus oidores, por el contrario en el segundo existe un nivel semejante entre el orador y su auditorio en éste se trata de convencer y lograr adhesión, por sus condiciones cualitativas no se puede manipular.

Nos surge la pregunta, la población mexicana a qué tipo de auditorio pertenece, tristemente podemos contestarnos que la mayoría se encuentra en el auditorio particular, por lo que difícilmente aceptaran este tipo de decisiones como validas sin cuestionarse los motivos que existen realmente de fondo.

La realidad es que este argumento no es creíble y mucho menos aceptable para un noticiero que por su propia naturaleza esta creado para informar, en algunos medios se ha manejado que en el estado de Jalisco se detuvo a Ignacio Coronel Villareal a la cual no se le ha dado mucha difusión, persona allegada a Joaquín Guzmán, el Chapo, por lo que ya se generaron rumores de que se busca un canje por el inmediatamente secuestrado Fernández de Cevallos, son muchas las posibilidades y motivos por los cuales la televisora de autocensuro sin que sea creíble su posición samaritana de respeto a la familia del político, ¿por qué ese cambio tan repentino en el manejo de la información después de que en un inicio se transmitió hasta un programa especial por su principal comunicador.

Tendrá esta decisión un impacto en el manejo de la información y el periodismo en un futuro, en adelante se hará un estudio ético concienzudo de los efectos que pueda causar el dar una nota informativa, o será que sólo se aplicará el criterio para éste caso en particular, qué opinarán todas aquellas personas que por determinados eventos han sido asediadas por esta misma televisora únicamente para dar la nota e incrementar el rating, nos surgen muchas preguntas a las cuales nosotros mismos mediante el ejercicio de el análisis de los hechos que se presentan en el país daremos respuesta.

martes, 18 de mayo de 2010

LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN EL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO

En notas anteriores se estableció la integración de la propiedad intelectual, estos derechos constituyen una parte vital de las empresas, así dentro de la propiedad industrial a través de los derechos de patente se protegen las invenciones y con ello la innovación en todas las ramas de la industria, por otro lado se tutelan los signos distintivos que se emplean para distinguir bienes y servicios, finalmente por medio de los derechos de autor se protegen las obras de creación original de los autores que se incorporan a las industrias creativas.

El impacto de la propiedad intelectual en la economía de los países y en los mercados es muy relevante, motivo suficiente para que la comunidad internacional haya determinado la obligación de protegerla a través del establecimiento de instrumentos internacionales y las legislaciones nacionales de cada país.

Así tenemos que el Estado mexicano México ha adoptado compromisos internacionales como lo es el Acuerdo de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el comercio ADPIC, adoptado en el marco de la Organización Mundial de Comercio, a través del cual se compromete a los Estados miembros a adoptar medidas eficaces contra las conductas infractoras, con la implementación de procedimientos ágiles que permitan la prevención de las infracciones así como la disuasión de las mismas.

Sin embargo de un análisis del sistema de protección actual en nuestro país se puede concluir que concluir, que si bien es cierto existen normas que regulan procedimientos administrativos y procesos jurisdiccionales formalmente validos para la protección de los derechos de propiedad intelectual, también lo es que éstos pierden vigencia dentro del sistema, toda vez que no existe correspondencia entre normatividad y efectividad, lo que convierte al sistema en inoperante.

Lo anterior deriva de la forma en la que se encuentra estructurado el sistema, para que un titular de derechos de propiedad industrial o derecho de autor esté en posibilidades de obtener el resarcimiento de pago de daños y perjuicios por infracción a los mismos, debe iniciar con un procedimiento en sede administrativa ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial IMPI o ante el Instituto Nacional del Derecho e Autor INDAUTOR y obtener una resolución favorable que quede firme, dicha resolución es susceptible de ser recurrida ante la misma autoridad que declara la infracción, a través del recurso administrativo de revisión, de confirmarse procederá el Juicio Contencioso administrativo federal ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y la sentencia que recaiga a dicho juicio será susceptible de ser recurrida en vía de amparo directo ante el cual procede a su vez el recurso de revisión, una vez agotadas todas estas instancias y obtener una resolución firme el titular afectado estará en posibilidad de iniciar un nuevo juicio ordinario civil federal o local, para demandar la indemnización por el pago de daños y perjuicios o por el daño moral, la sentencia que de por terminado dicho juicio es recurrible en apelación y el resultado de ésta se podrá reclamar en vía de amparo directo con su correspondiente revisión. Cabe mencionar que agotar todas estas instancias nos puede llevar un promedio de 6 a 7 años.

Con la descripción anterior de todos los medios que se tienen que agotar para poder obtener la protección y el resarcimiento de los daños ocasionados por la violación a los derechos de propiedad intelectual, se concluye que no existe correspondencia con el artículo 17, segundo párrafo de la Constitución que establece el derecho de toda persona a que se le administra justicia de manera pronta, completa, imparcial y gratuita, y las normas secundarias del sistema, con lo cual hay una afectación directa a los titulares de estos derechos.

LAS INDUSTRIAS CULTURALES EN LA ECONOMÍA

La propiedad intelectual constituye un elemento fundamental en el desarrollo económico, social y cultural de un país, la diferencia entre los países desarrollados y en vías de desarrollo, en muchas de las ocasiones radica en el fomento y protección que se brinda por parte del Estado a creadores y titulares de estos derechos.

En notas anteriores hemos expresado algunas ideas y reflexiones respecto a los derechos de propiedad industrial, marcas y patentes, en esta ocasión toca el turno al derecho de autor el cual constituye una parte importante de la propiedad intelectual la cual tiene un importante impacto en las industrias culturales y en la generación de nuevo conocimiento.

Se considera autor a la persona física creadora de una obra original, es decir, aquella que plasma su expresión en un soporte material, por medio del desarrollo de sus habilidades mentales y manuales, haciendo posible su apreciación a través de los sentidos.

Las obras que protege la legislación son las creaciones originales artísticas o literarias susceptibles de ser divulgadas o reproducidas por cualquier medio, siendo el autor titular primigenio de los derechos morales y patrimoniales sobre las obras de su creación, teniendo la posibilidad de transmitir por determinado tiempo los derechos patrimoniales para el uso y explotación de sus obras.

Es importante señalar que, de acuerdo a un estudio realizado por el Centro de Investigación y Docencia Económica y otros, institución de reconocido prestigio, encomendado al investigador Dr. Ernesto Piedras Feria, relativo la determinación de ¿Cuánto vale la cultura en nuestro país?, se concluyó que ésta llega a representar un 7.3% del Producto Interno Bruto.

Asimismo, señala que las industrias cultural es muy importante después de la maquiladora y la petrolera, aporta datos como lo son que estas industrias han generado 1.5 veces más que el sector agropecuario, silvicultura y pesca; 1.7 veces más que la industria de la construcción; aproximadamente el doble de las telecomunicaciones; 4.4 veces más que las exportaciones de petróleo crudo, y 5 veces más que las remesas internacionales, lo que representa un sector con grandes capacidades de desarrollo. 1

Como podemos observar de acuerdo a la información que se nos proporciona en la investigación señalada, las industrias protegidas por el derecho de autor tienen una relevante aportación al producto interno bruto de nuestro país, cabe señalar que para este estudio se toman en consideración las pérdidas que tienen las industrial culturales por el uso sin autorización de los derechos de los cuales son titulares.

De igual manera debemos destacar la importancia de la aportación que se hace a la sociedad en el ámbito social y cultural a través de la difusión de la cultura lo cual es invaluable.

Por estos motivos es necesario proteger a los titulares de los derechos de autor y a las industrias culturales, por el valor que representa la actividad que desarrollan para nuestro país, siendo necesario establecer los procedimientos que sean necesarios y eficaces para su protección.

1. PIEDRAS FERIA, Ernesto. ¿Cuánto vale la cultura? Contribución económica de las industrias protegidas por el derecho de auto en México. México, SACM, CANIEM, SOGEM, CONACULTA, 2004, p. 181.

LA PROTECCIÓN DE LAS INVENCIONES EN EL MUNDO ACTUAL

En la nota anterior se estableció la integración de la propiedad intelectual, estos derechos constituyen una parte vital de las empresas ya que son elementos que las impulsa y posiciona en el mercado, en el terreno de las invenciones se crean nuevos desarrollos tecnológicos para satisfacción de las necesidades de la sociedad, por ello resulta interesante abordar el tema de la protección de las invenciones a través del derecho de patentes.

El sistema de patentes tiene por objeto alentar el desarrollo tecnológico y económico recompensando la actividad inventiva del inventor, con lo cual se genera que las empresas e instituciones inviertan en investigación y desarrollo de nueva tecnología que sea comercializable y útil para la sociedad.

La patentes se otorgan a las invenciones en todos los campos de la tecnología por lo que prácticamente todo desarrollo que implique innovación o mejora y pueda ser objeto de explotación industrial se puede patentar, existen patentes de productos y procesos, los requisitos de patentabilidad son los siguientes:

- Novedad en la invención, la invención debe haber sido inventada, efectuada o utilizada anteriormente.
- Elemento inventivo o actividad inventiva, la invención debe presentar un avance suficiente en relación al estado de la técnica, es decir, que no sea evidente para una persona con conocimientos medios en el área de conocimiento en la que se esté aplicando.
- Que sea susceptible de aplicación industrial, la invención debe poder ser utilizada de algún modo en la práctica.

Existen determinadas cosas que no son patentables, tales como las cosas descubiertas en la naturaleza, y las máquinas que desafían las leyes de la naturaleza como la máquina del movimiento perpetuo. Otras exclusiones que figuran por lo general en la legislación aplicable son las teorías científicas y los métodos matemáticos; los esquemas, normas y métodos para hacer negocios, así como los métodos de tratamiento para los seres humanos y los animales o los métodos de diagnóstico.

Es así como por medio de la patente se establece un trato entre el inventor y la sociedad, el estado con el otorgamiento de la patente le otorga protección al inventor respecto su invento por un plazo de veinte años y garantiza que lo explote de manera exclusiva y sea recompensado, el titular de una patente puede impedir a todas las demás personas, en el territorio cubierto por la patente, realizar, utilizar, vender o importar la invención, esta concesión se da a cambio de que el inventor revele los conocimientos respecto el invento y una vez expirado el plazo de protección pasan al dominio público para que cualquier persona de manera libre pueda hacer uso de esta tecnología que se materializa en productos y procesos par beneficio de la sociedad, como ejemplo de ello tenemos en el área farmacéutica los medicamentos genéricos en los cuales expiro la vigencia de la protección que otorga la patente.

La protección que se blinda a través del otorgamiento de una patente es territorial, por lo que para hacer efectivo este derecho el inventor debe patentar su invento en los países en los cuales desea proteger su invención, no existe una patente mundial, para ello es importante tener presente la fecha de prioridad en la cual se dio a conocer el invento, toda vez que se cuentan con doce meses para presentar la solicitud.

En nuestro país la autoridad competente para la obtención de una patente es el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, órgano descentralizado de la Secretaría de Economía.

Consideramos importante la participación del Estado por medio de programas y políticas públicas para incentivar el desarrollo de nuevas tecnologías que permitan el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas, como se puede apreciar en este mundo global el factor de la innovación es lo que permite impulsar el mercado y la economía de un país, con los beneficios que se derivan hacia la sociedad.

INTEGRACIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL


La propiedad intelectual constituye un elemento de gran importancia dentro de los activos de las empresas, en la actualidad como se ha comentado en notas anteriores en este blog de la protección y explotación de estos derechos depende el éxito de las empresas, por tal motivo consideramos importante precisar lo que se debe entender y que comprenden los derechos de propiedad intelectual.

“Por derecho intelectual se entiende el conjunto de normas que regulan las prerrogativas y beneficios que las leyes reconocen y establecen a favor de los autores y sus causahabientes por la creación de obras artísticas, científicas, industriales y comerciales.”1

“Utilizamos la expresión derechos intelectuales para designar los diferentes tipos de derechos subjetivos que los ordenamientos jurídicos modernos atribuyen a los autores de creaciones espirituales (obras de arte y literatura e invenciones) y a los industriales y comerciales que utilizan signos determinados para identificar los resultados de su creación y preservar, frente a los competidores, los valores espirituales y económicos incorporados a su empresa (nombres comerciales y marcas).”2

Se consideran dos posiciones dentro de la doctrina del derecho intelectual una en sentido estricto que alude únicamente al Derecho de Autor y otra en sentido amplio que contempla adicionalmente al Derecho de Autor, los derechos de Propiedad Industrial y de los Obtenedores de Variedades Vegetales. Al respecto, el maestro Rangel Medina señala lo siguiente:

“En la medida que las obras apuntan a la satisfacción de sentimientos estéticos o tienen que ver con el campo del conocimiento y la cultura en general las reglas que las protegen integran la propiedad intelectual en sentido estricto, si la actividad del intelecto humano se aplica a la búsqueda de soluciones concretas de problemas específicos al campo de la industria y al comercio, o a la selección de medios diferenciadores de establecimientos mercantiles y servicios, entonces los actos son objeto de la propiedad industrial.”3

Del análisis de las figuras de propiedad intelectual en su acepción amplia se desprende que el derecho intelectual surge como respuesta a la necesidad de dar protección a las personas creativas y al producto del ingenio humano, dividiéndose en dos grandes ramas que son el Derecho de Autor y la Propiedad Industrial, no obstante lo anterior consideramos que estas definiciones carecen de un tercer elemento que corresponde a los obtenedores de variedades vegetales, incluyéndose de esta manera una tercera rama que consideramos es independiente a la propiedad industrial, como será explicado.
En el marco internacional el Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, firmado en Estocolmo el 14 de julio de 1967, establece en su artículo 2° lo que para efectos del convenio se entiende por propiedad intelectual, que aunque ya se encuentra rebasado actualmente nos es útil para el efecto de ubicar el derecho de autor dentro del género propiedad intelectual, el mismo dispone lo siguiente:

“Artículo 2 Definiciones A los efectos del presente Convenio se entenderá por:
...
viii) Propiedad intelectual, los derechos relativos:
- a las obras literarias, artísticas y científicas.
- a las interpretaciones de los artistas intérpretes y
- a las ejecuciones de los artistas ejecutantes, a los fonogramas y
- a las emisiones de radiodifusión,
- a las invenciones en todos los campos de la actividad humana,
- a los descubrimientos científicos,
- a los dibujos y modelos industriales,
- a las marcas de fábrica, de comercio y de servicio,
- así como a los nombres y denominaciones comerciales,
- a la protección contra la competencia desleal,
y todos los demás derechos relativos a la actividad intelectual en los terrenos industrial, científico, literario y artístico.” 4

De la lectura del citado artículo podemos hacer una clasificación del contenido de las ramas que integran el derecho de la propiedad intelectual, como sigue:

I. Derecho de Autor
– Las obras literarias, artísticas y científicas.
– Las interpretaciones de los artistas intérpretes y
– Las ejecuciones de los artistas ejecutantes, a los fonogramas y
– a las emisiones de radiodifusión.
– Todos los demás derechos relativos a la actividad intelectual en los terrenos, literario y artístico.

II. Derecho de la Propiedad Industrial
– Las invenciones en todos los campos de la actividad humana,
– Los descubrimientos científicos,
– Los dibujos y modelos industriales
– Las marcas de fábrica, de comercio y de servicio,
– Los nombres y denominaciones comerciales,
– La protección contra la competencia desleal.
– Todos los demás derechos relativos a la actividad intelectual en los terrenos industrial, científico.

Los Derechos de los obtenedores de Variedades Vegetales

El artículo de referencia no hace mención a la protección de los obtenedores de variedades vegetales, sin embargo ésta es una dimensión más de la propiedad intelectual y a través de ella se reconocen los logros de los obtenedores de nuevas variedades vegetales, mediante la concesión durante un plazo limitado de un derecho exclusivo.

1. RANGEL MEDINA, David. Derecho Intelectual. México, Mc. Graw Hill,1998. pp. 1
2. BAYLOS CORROZA, Hermenegildo. Tratado de Derecho Industrial, Propiedad Intelectual, Derecho de la Competencia Económica y Disciplina de la Competencia Desleal. 2ª ed., España, Civitas, 1993, pp.45.
3. RANGEL MEDINA, David, Op. cit. pp. 1.

EL IMPACTO NEGATIVO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS EN LOS INDIVIDUOS

Es indudable el impacto que ha tenido el empleo de las nuevas tecnologías en la sociedad, podemos comentar como ha tenido influencia la tecnología en los individuos y a nivel social, ¿estamos conscientes del cambio o simplemente nos estamos dejando llevar?

Con el empleo de internet se dio nacimiento al hombre virtual, en empleo del teléfono móvil, las consolas de juegos, los reproductores de MP3 constituye el terreno en el cual se desenvuelven las nuevas generaciones, lo anterior ha provocado de manera indirecta el aislamiento de las personas, aunque a través de las redes sociales se pueden crear amistades virtuales con personas de casi cualquier parte del mundo cada vez más disminuyen las relaciones convencionales, los sujetos se aíslan de su ámbito real natural para perderse en el virtual.

Existen dos fenómenos que se presentan en Estados Unidos y Japón, el conocido como los Screenagers, el cual refiere a los adolescentes entre 10 y 20 años que pasan muchas horas ante las pantallas ya sean de televisión, de videojuegos, del ordenador, del móvil etc., en Japón se denomina como hikikomori, a los Adolescentes que se encierran en su habitaciones y se pasan meses recluidos, llegando a perder prácticamente, el contacto con el mundo exterior.

Es debatible el impacto negativo que representa la tecnología en los individuos, si bien con ella se han acortado distancias y se tiene un mejor manejo y acceso a la información, también se debe desarrollar una educación respecto a la utilización de estas herramientas y tomarlas como tales, medios que nos permiten y facilitan el desarrollo de nuestras actividades, el desarrollo de la tecnología tiene como finalidad ampliar el espectro de opciones en las actividades de la vida de las personas, facilitarles su desarrollo personal y profesional, sin que involucre un menoscabo en lo individual con implicaciones negativas en el ámbito social que le impidan tener un avance normal.

Nos encontramos ante un nuevo reto de enfrentar, convivir y aprovechar los elementos producto del avance de la ciencia y el conocimiento, sin afectar las relaciones naturales de las personas o lo que hasta el día de hoy hemos considerado como normal, nos surge la siguiente pregunta ¿es que deseamos mantener nuestra concepción de lo que consideramos como normal?, o nos encontramos en proceso de aceptar que lo que ahora se presenta como anormal en algunos años sea lo normal.

En lo particular consideramos que el uso de la tecnología debe ser racional, no deja de ser únicamente un elemento que se debe emplear para el desarrollo de nuestras actividades cotidianas, que facilite el progreso en la formación y consolidación de los individuos en los diversos campos de su vida que le permitan interactuar con el mundo que lo rodea procurando obtener los satisfactores que le provean su felicidad y bien estar.

LOS VALORES EN UN MUNDO GLOBALIZADO

Los valores son los electos que dan impulso al actuar de los individuos y punto de partida para hacer o dejar de hacer las cosas, en principio estos valores se dieron dentro de un ámbito local y se fueron cimentando a partir de las creencias religiosas y los convencionalismos sociales, en la actualidad con la movilidad de las personas por el mundo se ha iniciado una colisión entre las personas por lo que respecta a sus códigos de valores, lo que ha creado falta de uniformidad y aceptación entre ellos.

Es importante analizar el comportamiento de las personas en las grandes urbes, como ejemplo mencionaremos la ciudad de New York en la cual conviven personas de múltiples grupos raciales y clases sociales, ¿cómo determinar un código de valores ante tal diversidad?, como direccionar el comportamiento de personas con concepciones tan diferentes respecto a lo que deben considerar para actuar en su vida cotidiana.

Este fenómeno ha llevado a los miembros de la sociedad a un cambio ideológico que determine nuevos patrones de conducta que permitan una convivencia sana entre ellos, por medio de la fusión del código de valores de las personas se han cambiado, modificado y creado nuevos.

Este choque originó un vacío espiritual que por mucho tiempo estuvo cubierto por las religiones, en la actualidad el principal factor que le da certeza y certidumbre a los individuos en este mundo globalizado es el conocimiento, el desarrollo de las capacidades y habilidades de los sujetos para adecuarse a los requerimientos económicos y sociales del lugar dónde se encuentran, y ¿cuál enes el lugar donde se encuentran en un mundo sin fronteras y globalizado tecnológicamente?, la ciudadanía local desaparecerá para das paso a la ciudadanía mundial.

Con el empleo de las tecnologías existe la posibilidad que desde nuestro hogar en América estemos contratados por una empresa Asiática, las distancias y el tiempo real han desaparecido, lo importante será el conocimiento que podamos ofertar en el mercado global ¿Estamos preparado para ello?.

De esta manera tendremos que asimilar los nuevos valores que se van consensando para crear nuestra nueva realidad y será necesario encontrarnos capacitados para estar en posibilidad de insertarnos en las actividades que nos tiene reservada la posmodernidad, como ha sido siempre desde el principio de la humanidad triunfarán los más capacitados y adaptados para atender la nueva dinámica en la que se desarrollan los Estados.

La importancia de las marcas en la Globalización

Desde épocas milenarias el comercio ha sido una actividad importante para el intercambio de productos entre las diversas regiones y culturas del mundo, en el caso mexicano baste recordar las embarcaciones que llegaban a las costas del pacífico con mercancía de oriente, la globalización no ha llevado a una guerra interminable en el mercado para posicionar productos y servicios por medio de los signos distintivos particularmente las marcas.

Las empresas en la actualidad gastan miles de dólares en estudios de mercadotecnia y publicidad para colocar sus marcas en el mercado, lo cual les permite tener ventajas respecto a sus competidores y los beneficios que derivan de ésta, las empresas que no logran insertase en el mercado a través de la confianza que ofrece a sus consumidores las marcas están condenados a desaparecer.

Para ilustrar la forma en que inconscientemente convivimos con la propiedad intangible de las empresas expresaré una idea que en alguna ocasión escuche en una conferencia.

UNA MAÑANA CON LAS MARCAS

Por las mañanas a las 7:00 a.m., TIMEX me despierta aun con un poco de sueño me levanto dando gracias a mi SPRING AIR, tomo una ducha con ZET para volver a la vida además de que refresca, vierto en mi cabello un poco de PANTENE PRO-V para mantenerlo limpio, brillante y evita su caída, me afeito con GILLETTE, al terminar me visto con ARMANI un poco de HUGO BOSS y listo, paso al desayunador en el cual me espera BACHOCO acompañado de BIMBO, JUMEX y LALA, enciendo a SONI para ver primero noticias programa de TELEVISA, después de un tiempo desde la pared CITIZEN me recuerda que es hora de partir, abordo mi TOYOTA rumbo a INBURSA cuando timbra mi NOKIA, es la secretaría para recordarme la agenda del día, en el semáforo decido comprar un REFORMA para enterarme de los últimos sucesos, hay tráfico a mi lado observo HONDA, NISSAN, DODGE, FORD, GEEP, BMW y uno que otro AUDI, finalmente llego a mi oficina en la cual me espera TOSHIBA para el inicio de mis labores.

Como podemos observar en este pequeño relato desde que despertamos nos encontramos inmersos en el mundo de las marcas y aun cuando no se hizo mención de los productos a los que aluden las marcas quien lea el fragmento anterior entenderá perfectamente a lo que nos referimos, es así como los signos distintivos revisten gran importancia en el mercado de productos y servicios, el éxito de los grandes emporios se encuentra en el valor de su propiedad intelectual, es sabido que el valor de la MARCA COCA COLA se encuentra por encima de todos sus bienes tangibles en el mundo, de ello la importancia de proteger los derechos de propiedad intelectual por el impacto que tiene el empleo y ejercicio de estos derechos en el mercado y los consumidores, tarea difícil que debe asumir el Estado.

Ley SB 1070

Como es sabido el pasado 23 de abril la gobernadora de Arizona, Jan Brewer, firmó la iniciativa de ley SB 1070, con entrada en vigor a los tres meses de su firma, la cual criminaliza la estancia ilegal en ese Estado, ésta permitirá detener a cualquier persona a la que se considere sospechosa y se le levantarán cargos delictivos si no se comprueba la estancia legal en ese lugar.

La aprobación de esta ley nos demuestra el desconocimiento total de la Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas por la Resolución 217 A (III), por parte de la gobernadora de Arizona, esta declaración en sus artículos 1o. y 2o. establece que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, sin distinción alguna por cuestiones de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición, por lo que dicha ley es totalmente violatoria de los derechos humanos de las personas con características raciales de inmigrantes que viven en ese Estado.

La comunidad latina en el Estado de Arizona será objeto de discriminación con la entrada en vigor de esta ley la cual resulta inconstitucional y violatoria de derechos fundamentales, la competencia en cuestiones de migración en la Unión Americana corresponde a la Federación por lo que éste Estado no se encuentra facultado par a promulgación de leyes en esta materia, por lo que no se justifica el argumento de la señora Brewer respecto a que se legisló al respecto, en virtud de la falta de acción por parte de la Federación en el tema.

Atendiendo a la forma de control constitucional difuso de las leyes con el que cuenta es Estado americano, con el cual cualquier juez esta en posibilidad de desaplicar una ley contraría a la constitución como es el presente caso, esperemos que se logre revertir los efectos de esta ley SB 1070 y no se afecten los derechos de más de 460 mil inmigrantes que viven en dicho Estado, aunado a los actos de molestia que se causen a las personas que cuenten con residencia legal por el simple hecho de las características raciales con las que cuentan ya que se considera que de 6.5 millones de personas que habitan el Estado, 1.9 millones (30%) son de origen mexicano.

Ahora es el momento en el que debe existir una condena por la comunidad internacional en contra de este tipo de medidas extremas, hasta ahora el gobierno mexicano por medio de su embajador en Washington, ha hecho pública una nota en donde lamenta la decisión de la gobernadora y anuncia que nuestro país empleará todos los recursos diplomáticos, políticos y económicos a su alcance para dar respuesta a la ley.

La inmigración es un fenómeno social que se da en su mayoría por cuestiones económicas, ante la falta de oportunidades de desarrollo de los migrantes en su lugar de origen, como evento social debe ser regulado y los Estados de cualquier parte del mudo se encuentran legitimados para ello, no obstante éstos se encuentran obligados a respetar la dignidad de las personas en su regulación, lo cual no ocurre en el caso de Arizona por lo que resulta imperante la aprobación de una ley migratoria a nivel nacional en los Estados Unidos que integre la participación de la fuerza laboral que ha contribuido a construcción de esa nación que la ha convertido como la más potente del mundo.

lunes, 17 de mayo de 2010

17 de mayo Día de Tolerancia y el Respeto a las Diferencias.

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el cual se declara el “Día de Tolerancia y el Respeto a las Diferencias”, el 17 de mayo de cada año, ésta disposición encuentra su fundamento en el artículo 1, párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que prohíbe toda discriminación motivada por el origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

La modernidad trajo consigo el reconocimiento de más derechos a la sociedad, lo cual no implica que necesariamente se respeten, así en el tema de la tolerancia y respeto a las diferencias en las preferencias sexuales, en el Distrito Federal a diferencia de los demás Estados de la República mexicana se aprobó la ley de convivencia para regular los derechos surgidos con motivo de las relaciones entre las personas de igual o diferente sexo, recientemente se aprobó la reforma al Código Civil para el Distrito Federal que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo, así como la posibilidad de adopción de menores por estas parejas, a partir de lo cual sean celebrado los primeros matrimonios entre homosexuales ante la vista atónita de los habitantes de los restantes Estados del país, ¿será que sus legislaturas se quedaron en la premodernidad?

En nuestros días con la apertura que se ha dado al tema los capitalinos nos encontramos en el proceso de aceptación, tolerancia y respeto a la diversidad sexual, situación que hasta hace unos años no era aprobada como ocurre en los demás Estados de la Federación. La publicación del día de hoy debe contribuir a difundir el conocimiento respecto a las relaciones que se presentan entre personas del mismo sexo dentro del marco de la no discriminación, es necesario romper con el paradigma de las relaciones heterosexuales y adecuarnos a la demanda de la realidad en la que nos encontramos para garantizar los derechos de las personas con preferencias diferentes, los cuales aun sin la aceptación de los heterosexuales asumiran su sexualidad como lo deseen sin importar el parecer de quién los ofenden y critican.

La homosexualidad estuvo considerada por la Organización Mundial de la Salud como una enfermedad mental, sin embargo en el año de 1990 la (OMS) suprimió la homosexualidad de la lista de este tipo de enfermedades mentales y a partir de entonces, en esta fecha se celebra cada año a nivel mundial, la lucha contra la homofobia, lo que sirvió de base para establecer en este día de cada año el Día de Tolerancia y el Respeto a las Diferencias en nuestro país.
Estas acciones continúan con el reconocimiento de los derechos de las personas con orientaciones sexuales diversas, el propio “Programa Nacional de Derechos Humanos 2008-2012, establece en su Estrategia 1.7. Garantizar el reconocimiento de los derechos humanos de los grupos que se encuentran en situación de discriminación o de vulnerabilidad, en la elaboración de las políticas públicas de la Administración Pública Federal, en relación a la No discriminación por preferencia u orientación sexual, establecer espacios para analizar la pertinencia de reconocer la personalidad jurídica de las personas transgénero y transexuales, y proponer acciones afirmativas que favorezcan la incorporación y permanencia de la población discriminada por preferencia u orientación sexual a las fuentes de trabajo, así como su desarrollo profesional y posibilidades de ascenso laboral;” (DOF 17 mayo 2010)

Los gobiernos de los estados requieren trabajar en sus legislaciones para que alejados de prejuicios y en cumplimiento a nuestra Carta Magna y a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, promuevan las leyes a nivel local para tutelar los derechos que les corresponden a las personas con preferencias sexuales distintas y fomenten la tolerancia y respeto a éstas, con la finalidad de revenir y eliminar la discriminación de que son objeto, la época actual nos ha entregado el ejercicio de nuestra libertad en muchos aspectos de nuestras vidas, es decir, nuestro derecho a elegir, por lo que las futuras generaciones tendrán el derecho a decidir el tipo de relaciones personales que desean tener con la seguridad de que serán respetados en su elección, deseamos se incorpore a la conciencia de la sociedad civil que las personas con las que conviven en el día a día son diferentes, por lo que nos encontramos en el proceso de crear un nuevo consenso respecto a esta nueva realidad.

domingo, 16 de mayo de 2010

¿DÓNDE ESTÁ EL JEFE DIEGO?


La noticia de este fin de semana es la desaparición del carismático político mexicano Diego Fernández de Cevallos mejor conocido como el Jefe Diego, como suele ocurrir en este tipo de sucesos en los que se ven involucrados personajes de la vida pública del país los medios de comunicación han dado una amplia cobertura al suceso, nos preguntamos si en estos momentos Fernández de Cevallos en el lugar donde se encuentre reflexiona si en algún momento de su carrera política como Diputado Federal, Senador o militante de acción nacional pudo impulsar reformas y medidas para resolver la situación de inseguridad que se vive en el país, o si en su oportunidad se encontraba ocupado en asuntos de mayor relevancia personales como el litigio en contra de la Secretaría de la Reforma Agraria que lo beneficio con varios cientos de millones de pesos que superaban el presupuesto de varios años de la propia Secretaría.
En este caso el presidente de la república giró instrucciones precisas al Procurador General de la República, a los secretarios de seguridad Pública y de Gobernación para atender el tema y mantenerlo al tanto sobre los avances de la investigación, qué opinión les merecerá a los mexicanos que se encuentran o han pasado por una situación similar, es acaso que existen mexicanos de primera, de segunda y de tercera categoría cuando se trata de recibir atención por parte del Estado.

Cuando ocurre algún incidente relacionado con algún personaje conocido en la vida pública del país se echa a andar todo el aparato de seguridad del Estado, así tenemos caso Muriño, Marti, Cabañas, Paulette, por citar algunos, cuando es obligación de las autoridades brindar seguridad y atención a los mexicanos sin importar la distinción de clases sociales.
La violencia e inseguridad que priva en muchas partes del país es grave y queda al descubierto y se evidencia cuando ocurren este tipo de sucesos, deseamos que como es el caso de otros mexicanos que pasan por la misma situación el político mexicano se encuentre bien y regrese con su familia.

El Estado mexicano enfrenta una realidad difícil en el campo de la seguridad pública, es tiempo de actuar con firmeza y seriedad, no esperar a que desaparezcan otros políticos para que se cause consternación en las autoridades que las impulse a actuar.
El día de hoy en la homilía dominical el Cardenal Norberto Rivera Carrera, oró por todos aquellos que se encuentran bajo el yugo del secuestro y por sus familias para que recuperaran su libertad y se mantuvieran firmes en la fe, plausible en el marco religioso y vida espiritual, sin embargo es necesario que las autoridades tomen medidas contundentes y resuelvan el problema en el ámbito terrenal.

CUANDO LA GLOBALIZACIÓN NOS ALCANZÓ



En días pasados fuimos testigos de la desestabilización del sistema financiero europeo y sus repercusiones en la economía mundial derivados de la crisis económica en Grecia, ante el estado de cosas y el riego inminente de afectar a los demás miembros de la Unión Europea (UE), ésta tuvo que intervenir para entrar al rescate.
Como lo señalan Michael Hardt y Toni Negri, el “Imperio se está materializando ante nuestros ojos”, muestra de ello es la intervención de la UE como poder supranacional soberano que determina las directrices que deben seguir los países miembros de la Unión para mantener su estabilidad económica.

El Estado nacional actualmente se encuentra rebasado por el fenómeno de la globalización, los Estados no se encontrarán nunca más aislados ello los condenaría a graves problemas con su consecuente desintegración, las economías que dan soporte a las naciones se encuentra interrelacionadas e influyen unas en otras por lo que ha sido necesario la creación de nuevas instituciones supranacionales que establezcan regulaciones que logren dar estabilidad a la economía y a los mercados globales.
Es a esta nueva forma de soberanía a la que se llama Imperio, para ello los Estados ceden parte de su soberanía para someterse a las políticas supranacionales, existe una importante dependencia de los mercados exteriores en el servicio de deuda, en el caso del país griego asciende a 300 mil millones de euros, por lo que para salvar el sistema financiero griego y evitar un colapso financiero en las bolsas europeas y mundiales, se ha propuesto un paquete de ayuda económico para este país.
Para recibir esta ayuda el gobierno griego tuvo que aprobar el proyecto de ley de reforma al sistema de pensiones elaborado por la UE y el fondo monetario Internacional, de esta forma se evidencia la intervención supranacional en cuestiones de políticas internas del país con lo cual existe pérdida de soberanía.
La globalización nos ha alcanzado y es un fenómeno de cual no podremos escapar, los estados que integran la unión se encuentra preocupados por las consecuencias que pueden sufrir por la devaluación de su moneda, es el caso de Alemania que aportaría 123 mil 200 millones de euros al paquete de ayuda para fortalecer más a la moneda única que a la economía griega.

El simple anuncio del plan de rescate tuvo una respuesta positiva en los mercados, los indicadores económicos de las bosas en el mundo cerraron a la alza.
Nuestro país se encuentra inserto en el mercado mundial, es así que se ve afectado por todos estos eventos ejemplo de esto son las empresas mexicanas que cotizan en el mercado de la bolsa de Madrid que cerraron con ganancia, es el caso de Iusacel con 8.31, Electra 8.01, Casas Geo 6.64, Grupo Modelo 6.56 y Telmex 6.07.
De esta situación se puede concluir en los hechos que se concreta el pensamiento de los autores Hardt y Negri, de considerar que la soberanía ha tomado una nueva forma, compuesta por una serie de organismos nacionales y supranacionales unidos bajo la una única lógica de mando a la que han denominado Imperio.

sábado, 15 de mayo de 2010

A LOS MAESTROS CON CARIÑO



Hoy 15 de mayo día del maestro es justo agradecer a todos los maestros que nos han acompañado en nuestro proceso de aprendizaje desde de nuestra infancia hasta nuestra vida universitaria, quienes nos enseñaron los números y las letras, seres tolerantes que aguantaron nuestros gritos, risas, llantos y travesuras.

Como se ha escrito en este blog en la educación y enseñanza se encuentra la gran esperanza que impulse el cambio de la situación actual en la que vive el pueblo mexicano. Ser maestro representa una tarea noble, difícil y un don que no todas las personas tienen, habilidad hermosa que con pasión y compromiso muchos mentores ejercen, parte de ellos llevamos en nuestro pensamiento y corazones, consejeros, amigos y en ocasiones padres, no hay persona que no recuerde con cariño a algunos de sus maestros sus enseñanzas y consejos.

Gracias por todo lo que nos han dado, en nosotros está el demostrarles con nuestro trabajo que sus esfuerzos ahora rinden frutos y se han concretado.


EDUCAR

Educar es lo mismo
que poner motor a una barca…
hay que medir, pesar, equilibrar…
… y poner todo en marcha.
Para eso,
uno tiene que llevar en el alma
un poco de marino…
un poco de pirata…
un poco de poeta…
y un kilo y medio de paciencia
concentrada.

Pero es consolador soñar
mientras uno trabaja,
que ese barco, ese niño
irá muy lejos por el agua.

Soñar que ese navío
llevará nuestra carga de palabras
hacia puertos distantes,
hacia islas lejanas.
Soñar que cuando un día
esté durmiendo nuestra propia barca,
en barcos nuevos seguirá
nuestra bandera
enarbolada.
Gabriel Celaya

NORTEADO (RIGOBERTO PEREZCANO)



Película mexicana que muestra la travesía de Andrés originario del Estado de Oaxaca en busca del sueño americano, el protagonista llega a la ciudad de Tijuana en la cual tendrá diversas experiencias en su búsqueda de cruzar la frontera.

El Estado mexicano se constituyó con la finalidad de brindar bienestar social a todos los mexicanos que decidieron religarse para librarse del sometimiento de la monarquía española y consolidar su identidad nacional que le permitiera desarrollarse como Estado nación que cubriera sus necesidades. El objetivo para el cual fue creado el Estado mexicano en poca medida se ha cumplido, cuenta de ello es la necesidad que se refleja en el norteado que abrumado por la falta de trabajo y de oportunidades que le permitan ofrecer una vida digna mexicana como muchos mexicanos deciden aventurarse para cruzar la frontera con el Estado americano para intentar cambiar su realidad sin importar que pueda morir en el intento.

¿Será que el Estado mexicano ha fracasado en el intento de ofrecer una mejor forma de vida a los mexicanos?, la migración masiva que se da hacia la unión americana es un reflejo de que nuestro país no responde en la actualidad a las necesidades de muchos mexicanos. ¿Qué ocurrió con las promesas de la modernidad y la creación del Estado Nación?, basta recorrer algunos municipios de los estados mexicanos para percatarnos que la promesa de la modernidad nunca llegó y ante la desesperación de sus pobladores han decidido emigrar.

¿Podrá el Estado mexicano continuar con su desarrollo con una integración en su población tan disímil?, las autoridades tendrán consciencia de la complejidad del problema que enfrentan y estarán dispuestos a establecer políticas públicas y programas de gobierno que den solución a los problemas de la realidad del pueblo mexicano que buscan en muchos de los casos sobrevivir mandando remesas a los que se quedan en sus lugares de origen, se tiene detectado que los ingresos por envío de dinero de los migrantes mexicanos representa el segundo medio de ingresos para el Estado mexicano.

Ahora ya no sólo es un problema de dinero sino de desintegración familiar, abandono de la tierras de cultivo y de las demás actividades agrícolas que en todas aquellas regiones se llegaron a desarrollar, aun cuando hubieran políticas de desarrollo sustentable en los estados de la república difícilmente se pueden llevar a cabo cuando no hay población con quien emprender estos proyectos, existe una urgencia por atender las necesidades sociales.

El panorama no se muestra alentador y las políticas de gobierno hasta ahora no han dado solución, por ello seguirán los mexicanos cruzando ríos, desiertos, montes y saltando muros, si el gobierno no ha sido capaz de atender el problema, como sociedad civil en nuestras actividades cotidianas ¿qué podemos hacer?

jueves, 6 de mayo de 2010

LA BATALLA CONTINÚA

El día de ayer cinco de mayo se conmemoró el 148 aniversario de la Batalla de Puebla en la que el ejército mexicano encabezado por el General Ignacio Zaragoza derrotó a las tropas francesas el 5 de mayo de 1868 en territorio mexicano, en esta ceremonia el Presidente de la República pronunció un discurso del cual deseo rescatar los párrafos que a continuación se transcriben:

“…Hoy aspiramos a que en el devenir de nuestra historia presente y futura, cada mexicana, cada mexicano pueda no sólo seguir ejerciendo, sino ejercer a plenitud su libertad y sus derechos: libertad para expresar sus ideas, libertad para desarrollar sus actividades económicas y sociales, libertad para vivir en paz y tranquilidad, sin que ningún poder de facto o de jure cancele con su violencia esas garantías.
La lucha que actualmente los mexicanos sostenemos, es una lucha, precisamente, para enfrentar y superar los desafíos de nuestro tiempo. La lucha que ahora encabezan las instituciones es, precisamente, por preservar la libertad. Es, precisamente, por preservar y acrecentar la justicia. Es, precisamente, por fortalecer la soberanía nacional y poder establecer a plenitud el Estado de Derecho, sin el cual no hay libertades, no hay justicia y no hay progreso.
La lucha que actualmente sostenemos los mexicanos, por cierto, no es sólo y quizá ni principalmente para combatir el narcotráfico, sino para combatir en su integridad al crimen organizado, que desde la amenaza y la violencia busca someter a las autoridades y someter a los ciudadanos a sus intereses.
Nuestra lucha es para garantizar la seguridad y la tranquilidad de nuestras familias, es para hacer prevalecer el Estado de Derecho en todo el territorio nacional…”
“…Se trata de hacer valer al Estado, cuya independencia en este año conmemoramos. Se trata de hacer valer, mediante la fuerza legítima del Estado, que no hay otra autoridad, que no hay otra ley y que no hay otra fuerza, en ningún punto del territorio mexicano, que la autoridad, la ley y la fuerza legítima del Estado y de las autoridades electas, precisamente, por ese pueblo.
Toda proporción guardada, como en los tiempos de Juárez, el Estado Mexicano sigue siendo baluarte de la legalidad, y es quien tiene el mandato constitucional, la obligación indeclinable de preservar la ley, de preservar el orden, y de preservar la seguridad.
Y como bien lo dijera el Benemérito de las Américas al derrotar definitivamente al invasor: El bienestar y la prosperidad de la Nación sólo pueden conseguirse con un inviolable respeto a las leyes, y con la obediencia a las autoridades elegidas por el pueblo. En nuestras libres instituciones, el pueblo mexicano es el árbitro de su suerte.
Así lo decía Benito Juárez hace casi un siglo y medio.
El combate que los mexicanos libramos en contra del crimen es por la libertad y la justicia de México y, por eso, habremos de sostenerlo; por eso, no sólo vale la pena seguir adelante, sino hay que seguir adelante hasta alcanzar una victoria; una victoria que, con el apoyo del pueblo y con la fuerza del Estado, las instituciones habremos de alcanzar…” 1

El Estado mexicano como otros ha tomado como un gran pilar de su conformación el imperio de la ley que construya un Estado de Derecho en el que se respeten y cumplan las leyes por todos sus integrantes, lo anterior, con la finalidad de garantizar el bienestar de los mexicanos, en este sentido es una obligación y no una simple aspiración el que el pueblo mexicano ejerza en plenitud su libertad y sus derechos para expresar sus ideas, desarrollar sus actividades económicas y sociales, vivir en paz y tranquilidad, sin que ningún factor interno o externo trasgreda o limite los derechos que como seres humanos a todos los mexicanos corresponden.

Nuestro mandatario señala que nos encontramos en la lucha por establecer a plenitud el Estado de derecho por medio de la fuerza legítima del Estado para preservar la ley, el orden y la seguridad, resulta evidente dada la realidad en la que se encuentra el país que en esta lucha poco se ha avanzado, por otra parte es claro que no es una lucha de un sólo hombre sin que se cuestione su capacidad para gobernar, se requiere del respaldo de las instituciones y del establecimiento de políticas públicas encaminadas a enfrentar estos problemas.

En tales circunstancias nos preguntamos si existe la capacidad de los funcionarios públicos de alto nivel para generar e implementar estas políticas públicas que permitan resolver los problemas económicos, políticos y sociales que prevalecen en nuestro país, la situación actual sin razonar mucho nos responde que no los hay.

El Estado nacional mexicano no está cumpliendo con el fin para el cual fue creado, desde luego no es una tarea solo del poder ejecutivo existe una corresponsabilidad de los poderes legislativo y judicial, aquél que crea las leyes y el que se encarga de hacerla efectivas a través de su aplicación efectiva en los tribunales, el estado con sus tres poderes conforma una unidad en la cual estos tres elementos deben encontrarse interrelacionados de forma coherente para garantizar el ejercicio en plenitud de sus gobernados.

La aspiración de alcanzar el Estado de derecho en el cual se cumpla con la fuerza normativa de la Constitución y las leyes que de ella se derivan debe convertirse en una realidad y dejar de ser buenos deseos, para ello se requiere de capacidad de excelencia en los gobernantes, la cual según el estado de cosas actual se ha demostrado que no existe, requerimos de mexicanos capaces que asuman con fuerza y compromiso las responsabilidades que demandan los cargos públicos, es momento de la rendición de cuentas para alejar a todos aquellos superhombre que consideran estar haciéndole con su simple presencia un favor a las instituciones, es necesario como en toda batalla seleccionar y posicionar a los mejores hombres sin importar su origen o color partidista, con la única finalidad de emprender una lucha sería desde todos los campos de acción y enfrentar la problemática en la que vivimos.

Si los gobiernos, federal y locales a través del correcto ejercicio de la función pública logran alcanzar bueno resultados, con seguridad se sumara como en otras batallas ha ocurrido, la sociedad civil para que desde sus actividades que desarrolla coadyuve a establecer y respetar el tan anhelado Estado de derecho que la situación actual demanda.

Sólo de esta manera se podrá recobrar la confianza en las instituciones y se impulsara que cumplan con el fin para el cual fueron creadas, con mejores gobernantes se obtendrán óptimos resultados y se generara mayor participación ciudadana convencida que su bien estar no solo se encuentra en las actividades desarrolladas por las autoridades, sino que también dependerá de lo que la sociedad haga o deje de hacer.

1. Consultado en http://www.presidencia.gob.mx/movil/index.php?contenido=56134, el 6 de mayo de 2010.

martes, 4 de mayo de 2010

Acceso a la información gubernamental, y la obligación de transparencia

El desarrollo del sistema jurídico en la modernidad ha generado nuevos derechos en beneficio de los gobernados como lo es el acceso a la información gubernamental y la obligación de transparencia, ello con la finalidad de que los gobernados puedan conocer con datos ciertos el desarrollo de la actuación de la autoridad, para ello se aprobó la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública que regula los mecanismos para ejercer este derecho.

La posibilidad de tener acceso a la información gubernamental es un derecho que aun no se ha aprovechado por la falta de la participación ciudadana, éste puede ser un mecanismo que bien empleado puede ser útil para requerir rendición de cuentas a las autoridades, se puede obtener información diversa desde saber cuánto se gastó en la compra de unas toallas para los pinos hasta información especializada, con la limitante de que no se encuentre reservada o tenga el carácter de confidencial lo cual ya nos limita bastante, se debe tener racionalidad en el ejercicio de este derecho y solicitar información que sea valiosa porque también se dan casos en los cuales se distrae a la autoridad de sus actividades en requerimiento de información sin importancia o en ocasiones se presentan requerimientos para tareas de escuela y en otras se requiere información a la autoridad que no es generada como es solicitada, en este sentido es conveniente no hacer un uso indiscriminado de este derecho y si emplearlo como una herramienta que nos permita allegarnos de información para fiscalizar la actuación de la autoridad y poder demandar el ejercicio correcto de sus facultades y cumplimiento de sus obligaciones.

La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2002 y entró en vigor del 12 de junio del 2003, la ley está integrada por cuatro títulos, a saber: Título Primero Disposiciones comunes para los sujetos obligados; título Segundo: Acceso a la información en el Poder ejecutivo Federal; Titulo Tercero: Acceso a la información en el Poder Ejecutivo Federal, Titulo Tercero: Acceso a la información de los demás sujetos obligados; Título Cuarto: Responsabilidades y Sanciones.

Como sujetos obligados se encuentran los tres poderes de la Unión, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los órganos constitucionales autónomos, los tribunales administrativos federales y cualquier órgano federal, se obligan de esta forma a todos los órganos e instancias de carácter federal.

En la Ley se define la información que se considera reservada y confidencial, la protección de datos personales; se precisan de manera detallada los procedimientos de acceso a la información en la Dependencias y entidades de las Administración Pública Federal, para lo cual los titulares correspondientes tendrán que designar Unidades de enlace e integrar comités de información que de manera ágil propicien el acceso a la información solicitada y que se susceptible de ser entregada, una vez cubiertos los requisitos y procedimientos del caso.
Por lo que hace al procedimiento que se debe seguir la ley establece que el interesado por su propio derecho o a través de su representante legal debe dirigir su solicitud de información a la unidad de enlace mediante escrito libre o en los formatos aprobados por el IFAI, dicha solicitud debe contener los datos siguientes:

El nombre del solicitante y domicilio u otro medio para recibir notificaciones, como el correo electrónico, así como los datos generales de su representante, en su caso;
La descripción clara y precisa de los documentos que solicita;
Cualquier otro dato que propicie su localización con objeto de facilitar su búsqueda, y
Opcionalmente, la modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información, la cual podrá ser verbalmente siempre y cuando sea para fines de orientación, mediante consulta directa, copias simples, certificadas u otro tipo de medio.

En el caso de que los datos proporcionados no sean claros la unidad de enlace esta en posibilidades de requerir al solicitante o para que aclare o aporte mayores datos para identificar la información dentro de un término de diez días hábiles de haberse presentado la solicitud.

La autoridad tiene un término de veinte días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud para dar respuesta, en la cual deberá precisar el costo y la modalidad en la cual entregará la información.
  • Si no resulta favorable el otorgamiento de la información solicitada el particular se encuentra en posibilidad de interponer, por sí mismo o a través de su representante, el recurso de revisión ante el Instituto Federal de Acceso a la Información o ante la unidad de enlace que haya conocido el asunto, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación. La unidad de enlace debe remitir el asunto al Instituto al día siguiente de haberlo recibido.

    De igual manera la ley estable que el recurso de revisión también procede en los siguientes casos:

    La dependencia o entidad no entregue al solicitante los datos personales solicitados, o lo haga en un formato incomprensible;

  • La dependencia o entidad se niegue a efectuar modificaciones o correcciones a los datos personales;
  • El solicitante no esté conforme con el tiempo, el costo o la modalidad de entrega, o
  • El solicitante considere que la información entregada es incompleta o no corresponda a la información requerida en la solicitud.

    Si no se emitiera respuesta en el plazo señalado, se tendrá por resuelta la petición en sentido positivo, opera la positiva ficta, por lo que la entidad quedará obligada a dar acceso a la información en un periodo no mayor a los 10 días hábiles, teniendo la obligación el solicitante de cubrir los costos generados por la reproducción del material informativo, salvo que el Instituto determine que los documentos en cuestión son reservados o confidenciales.

    En cuanto a la obligación de Transparencia, como ya se mencionó los sujetos obligados son; Los tres poderes de la Unión, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los órganos constitucionales autónomos, los tribunales administrativos federales y cualquier órgano federal.

Conforme al artículo 7 de dicha ley los sujetos mencionados se encuentran obligados a dar acceso a la información con la que cuenten excepto aquella que se encuentra clasificada como reservada o confidencial; comprendiendo la siguiente:
  • Su estructura orgánica;
  • Las facultades de cada unidad administrativa;
  • El directorio de servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o sus equivalentes;
  • La remuneración mensual por puesto, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes;
  • El domicilio de la unidad de enlace, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información;
  • Las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos;
  • Los servicios que ofrecen;
  • Los trámites, requisitos y formatos.
  • La información sobre el presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución.
  • Los resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que realicen, según corresponda, la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, las contralorías internas o la Auditoría Superior de la Federación y, en su caso, las aclaraciones que correspondan;
  • El diseño, ejecución, montos asignados y criterios de acceso a los programas de subsidio. Así como los padrones de beneficiarios de los programas sociales que establezca el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación;
  • Las concesiones, permisos o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos;
  • Las contrataciones que se hayan celebrado
  • El marco normativo aplicable a cada sujeto obligado;
  • Los informes que, por disposición legal, generen los sujetos obligados;
  • En su caso, los mecanismos de participación ciudadana, y
  • Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que con base a la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

Dicha información debe de estar disponible al público a efecto de que puedan obtener la información de manera directa, esta obligación se cumple poniendo a disposición del solicitante la información que solicita o se le expiden copias certificadas de la misma.

Asimismo, el artículo 63 del mencionado ordenamiento establece como causas de responsabilidad administrativa de los servidores públicos por incumplimiento a las obligaciones previstas por la ley las siguientes:

  • Usar, sustraer, destruir, ocultar, inutilizar, divulgar o alterar, total o parcialmente y de manera indebida información que se encuentre bajo su custodia, a la cual tengan acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión;
  • Actuar con negligencia, dolo o mala fe en la sustanciación de las solicitudes de acceso a la información o en la difusión de la información a que están obligados conforme a esta Ley.
  • Denegar intencionalmente información no clasificada como reservada o no considerada confidencial conforme a esta Ley;
  • Clasificar como reservada, con dolo, información que no cumple con las características señaladas en esta Ley. La sanción sólo procederá cuando exista una resolución previa respecto del criterio de clasificación de ese tipo de información del Comité, el Instituto, o las instancias equivalentes previstas en el Artículo 61;
  • Entregar información considerada como reservada o confidencial conforme a lo dispuesto por esta Ley;
  • Entregar intencionalmente de manera incompleta información requerida en una solicitud de acceso, y
  • No proporcionar la información cuya entrega haya sido ordenada por los órganos a que se refiere la fracción IV anterior o el Poder Judicial de la Federación.

    La responsabilidad que se determine es sancionada en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y es independiente a la que se pudiera configurar en el orden civil y penal.

sábado, 1 de mayo de 2010

FUNNY GAMES (MICHAEL HANEKE)


Respecto a esta película del género de suspenso desearía emplear la exclamación "SIN PALABRAS", en la actualidad la realidad es dura y complicada sin que exista un consenso de que así deba ser, el grado de violencia en nuestro país ha desarrollado en los habitantes un grado extremo de insensibilidad emocional ante los eventos que ocurren, lo cual es un mecanismo de defensa para evitar la preocupación y el sufrimiento, día a día en los medios de comunicación electrónicos e impresos se nos informa los hechos violentos que ocurren en diversas partes del país ante los cuales reaccionamos cada vez de manera natural e indiferente con el deseo de que no nos ocurra a nosotros o a algún ser querido.

Esta obra cinematográfica pone aprueba el grado de insensibilidad emocional de las personas de cualquier ciudad que viva con violencia, no es recomendable para personas sensibles y cardiacos puede resultar sumamente desagradable y aun más sin sentido, considero que hay poco que rescatar de este filme en relación con los temas abordados en el curso de teoría jurídica contemporánea por lo que aquí termina mi comentario.